Es un informe elaborado por el Movimiento de Trabajadores Cristianos y difundido por la CAT de Chile. Están afectados más de 1.200.000 de trabajadores, representando el 35% de la fuerza laboral. El análisis toma como ejemplos paradigmáticos a los trabajad
La Ley 20123 que entró en vigencia el 14 de enero de este año distingue entre
“trabajo en régimen de subcontratación” y “trabajo transitorio”. El primer término refiere aquel que es realizado en virtud de un contrato de trabajo entre un trabajador y un empleador, denominado contratista o subcontratista. Mientras que trabajo transitorio hace alusión a obras o servicios que se ejecutan de manera transitoria, discontinua o esporádica (por ejemplo reemplazos por licencias médicas).

La disposición legal
no permite contratar para reemplazar a trabajadores que han declarado la huelga legal en el respectivo proceso de negociación colectiva. Por la naturaleza del motivo que permite la puesta a disposición de trabajadores de servicios transitorios el contrato deberá ser a plazo fijo y determinado.
La empresa que proporciona trabajadores transitorios u ocasionales se denomina “Empresa de Servicios Transitorios y la empresa que contrata los servicios se denomina “empresa usuaria”. Los contratos son a plazo fijo, terminado el plazo, si el trabajo continua, pasa a ser trabajador de la empresa.
Sin embargo, hechas estas aclaraciones, persiste un modelo de contratación que busca no sólo mejoras operativas, sino también económicas y sociales, como salarios bajos y trabas a la acción sindical directa, que repercuten a favor de las empresas y en contra de los trabajadores.
El resto del informe, adjunto como archivo, completa el enfoque de la situación actual en Chile en relación a la subcontratación laboral.