Se reglamentó la ley que regula a los empleados y empleadas de casas particulares
La medida reconoce a los trabajadores de UPACP los mismos derechos que para el resto de las actividades.
Las trabajadoras y trabajadores de casas particulares siguen sumando logros. Además del convenio de formación sindical que UPACP acaba de firmar con el Ministerio de Trabajo y el apoyo de INCASUR, ayer se publicó en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la ley que había sido sancionada por unanimidad en marzo del año pasado. Transcribimos a continuación información periodística publicada sobre esta medida:
FUENTE: PÁGINA 12
UN PASO HACIA LA IGUALDAD LABORAL
El personal doméstico, con régimen reglamentado
El Gobierno reglamentó el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casa Particulares, establecido por la ley votada hace un año. Se crea un servicio de conciliación obligatoria como instancia previa a eventuales reclamos laborales y se fija en seis horas diarias la jornada de trabajo.
El decreto de reglamentación publicado hoy en el Boletín Oficial establece la relación de dependencia para aquellas personas que trabajen 32 horas semanales para el mismo empleador y faculta al Ministerio de Trabajo a "dictar normas complementarias". También da competencia a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para "implementar los mecanismos necesarios" para "proceder a la retención del importe correspondiente a la cuota sindical que establezcan las asociaciones sindicales que representan a las/los trabajadoras/es de Casas Particulares".
La norma indica que los empleadores que tengan personal doméstico que trabaje 32 horas semanales o más deberán abonar la remuneración correspondiente a través de cuentas sueldos abiertas en instituciones bancarias y contratar la cobertura de una aseguradora de riesgo de trabajo (ART). También se establece un régimen de vacaciones para los empleados de casas particulares y se prohíbe que trabajen los menores de 16 años, en tanto que los menores de 18 años deberán contar para hacerlo con autorización de los padres o tutores.
Por otra parte, el decreto dispone que "el empleador no podrá valerse del período de prueba" para una situación de eventual despido "cuando no se haya registrado la relación laboral". Se fija en seis horas diarias la jornada laboral, la cual no podrá realizarse, en ningún caso, en horario nocturno (entre las 20 y las 6).
El decreto, que lleva las firmas de la presidenta Cristina Kirchner, del jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y del ministro de Trabajo, Carlos Tomada, crea además el Servicio de Conciliación Obligatoria para el Personal de Casas Particulares, una instancia previo para resolver conflictos laborales a las demandas que se sustanciarán en el Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, también instituido por la ley 26.844.
Esta tarde el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, recibió a dirigentes de la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) en la cartera labora. Les entregó a manera de presente el decreto enmarcado y firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner para que lo exhiban en el sindicato.
Tomada aseguró que hace tiempo que "se trabaja este decreto" y agregó que "se trata de una tarea colectiva, con un gobierno que apareció en el país para plantear la idea de extender derechos". "Esta ley, sancionada por unanimidad, otorgó plenitud de derechos, que el resto de las mujeres trabajadoras ya tenían. Faltaba un paso más, es decir, el decreto reglamentario para permitir la vigencia plena", puntualizó el ministro.
Por su parte, la directora general de la Escuela de Capacitación para el Personal de Servicio Doméstico, Marta Roncoroni, expresó su "orgullo y emoción" y destacó que "el servicio doméstico creció de la mano del gobierno y de cada una de las trabajadoras". "La obra es inmensa y difícilmente pueda volver atrás", aseguró.
FUENTE: TIEMPO ARGENTINO
La ley, que se había sancionado en marzo del año pasado, regula la relación laboral entre empleadores y trabajadores de casas particulares
EL GOBIERNO REGLAMENTÓ EL CONTRATO LABORAL PARA EL PERSONAL DOMÉSTICO
La iniciativa incluye un "Servicio de Conciliación Obligatoria" que funcionará en el ámbito de Trabajo. Será obligatorio para empleadores depositar el salario en cuentas para los que trabajen más de 32 horas semanales.
A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el gobierno reglamentó el "Régimen especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares" sancionado en marzo del año pasado para regular la relación laboral entre empleadores y el personal doméstico, que hasta ese momento se regía por un decreto sancionado por la Revolución Libertadora.
Entre las novedades que incluye la reglamentación dada a conocer ayer figura la creación de un "Servicio de Conciliación Obligatoria" para el personal doméstico que funcionará en la órbita del Ministerio de Trabajo. También establece la obligación por parte de los empleadores de abonar los salarios en una cuenta sueldo abierta a nombre del trabajador en una entidad bancaria en los casos que este preste servicios durante 32 horas o más por semana. Además, quien contrate personal doméstico deberá brindarle la cobertura de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), la cual no podrá rechazar la afiliación de ningún empleador incluido en su ámbito de actuación. Esta última norma recién entrará en vigencia una vez que los distintos organismos involucrados –AFIP, Superintendencia de Riesgos del Trabajo y Superintendencia de Seguros– dicten la normativa necesaria para "adecuar el sistema establecido a las características de la actividad".
El nuevo régimen para el personal de casas particulares fue sancionado por el Congreso el 13 de marzo del año pasado con la aprobación unánime de todos los bloques parlamentarios.
En líneas generales, la normativa reglamentada ayer amplía la protección social hacia un universo de trabajadores con altísimos niveles de informalidad, ya que aumenta las indemnizaciones, la contemplación de licencias y el reconocimiento de las horas extras, entre otros aspectos.
El decreto publicado ayer en el Boletín Oficial señala además que el empleador perderá la facultad de valerse del período de prueba –es decir, no podrá despedir al trabajador mientras no esté firme la contratación– cuando no haya registrado la relación laboral ante la AFIP.
Se prohíbe el empleo de menores de 16 años, y en el caso de menores de 18 años, la contratación deberá celebrarse "por escrito y registrarse ante la autoridad administrativa del trabajo competente, acompañando copia del respectivo contrato".
En este último caso, además, la jornada de trabajo del personal doméstico no podrá exceder nunca las seis horas diarias y "bajo ninguna circunstancia" en horario nocturno (entre las 20 horas y las 6 horas del día siguiente). Para el resto de los trabajadores, la jornada no podrá exceder las ocho horas diarias o 48 horas semanales, mientras que el descanso semanal deberá ser de 35 horas corridas desde el sábado a las 13 horas.
"Esta ley, que se sancionó por unanimidad, le dio la plenitud de derechos que el resto de las mujeres trabajadores tenían. Faltaba un paso más, que era el decreto reglamentario que permite la vigencia plena", dijo Tomada durante una audiencia con representantes de la Unión Personal Auxiliar de Casas Particular (UPACP).
Por su parte, la directora general de la Escuela de Capacitación de para el Personal de Servicio Doméstico, Marta Roncoroni, expresó "su orgullo y emoción por todo esto que nos está pasando". En la misma línea, la directora del instituto de capacitación destacó que el servicio doméstico "ha crecido de la mano del gobierno nacional y de cada una de las trabajadoras. La obra es inmensa y difícilmente se pueda volver atrás".
FUENTE: INFONEWS
EL PERSONAL DOMÉSTICO TENDRÁ COBERTURA DE ART: "ES UN LOGRO"
Lo dijo el apoderado de la Unión Personal de Auxiliar de Casas Particulares, Carlos Brasesco, al destacar el decreto que reglamentó la ley que regula el trabajo.
El apoderado de la Unión Personal de Auxiliar de Casas Particulares, Carlos Brasesco, destacó hoy como "un logro" el decreto que reglamentó la ley que regula el trabajo en casas particulares, y subrayó que "se concretó la normativa que ampara y cubre los derechos" de las trabajadoras.
"Hoy las trabajadoras domésticas tienen los mismos derechos y obligaciones que cualquier trabajador", remarcó Brasesco, quien precisó que "tienen derecho por día de estudio, maternidad, obra social y cobertura de ART".
Explicó que "los puntos ya estaban fijados en una ley aplicada en abril del año pasado", y añadió que "ahora lo que se ha hecho es reglamentar algunos de ellos, como la bancarización de los sueldos con obligatoriedad para aquellos que trabajen 32 horas o más; y la cobertura de riesgos de trabajo por medio de la ART (aseguradora de riesgos del trabajo)".
Sobre la bancarización del personal doméstico, el gremialista indicó a FM Latina que "ahora va a ser obligatorio para aquellos que trabajen 32 horas o más, y optativo cuando sea por menor cantidad de horas".
En cuanto al costo de esta novedad, precisó que será gratuita tanto para el empleado como para el empleador, "como cualquier persona que tiene cuenta sueldo y trabaja en situación de dependencia".
Sin embargo, respecto de la cobertura a través de una ART, Brasesco puntualizó que "el decreto establece que resta efectuar una reglamentación por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) en coordinación con la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) para los aportes que se efectúen".
"Todavía no está plenamente operativo hasta en tanto se concrete ésto. No puedo dar una estimación, el decreto no lo dice, pero estimamos que no se va a extender en el tiempo mucho. Es lógico que en un corto plazo estén dictadas estas normativas", aclaró el dirigente gremial.
De todos modos, subrayó que "la ART no es opcional, es obligatoria", y en cuanto al costo de la misma, indicó que "lo va a fijar la SRT en base a la cobertura integral que el seguro de riesgos va a dar".
Con todo, Brasesco afirmó que la reglamentación de la ley "es un logro y significa cerrar la redondez del círculo", y puso de relieve que "se concreta la normativa que ampara y cubre los derechos y obligaciones" de las empleadas domésticas.
Advirtió que a partir de ahora "el empleador va a tener que responder si el trabajador no está cubierto", y consideró que "ya no hay justificación para no tener en blanco al personal doméstico".
Brasesco sostuvo que "se calcula que un millón de trabajadoras domesticas, un 65 por ciento, está en la informalidad, es decir, en negro".